Plan de acción 2025-27: perspectiva de género en la seguridad y salud en el trabajo

El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) publica el Plan de Acción 2025-2027, desarrollado en el contexto de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027.

Se trata de 197 medidas que dan continuidad a iniciativas anteriores e introducen nuevas acciones orientadas a mejorar el cumplimiento de los seis objetivos estratégicos, acompañadas de indicadores de proceso y/o resultado que permitirán su seguimiento, evaluación y mejora continua.

Dentro de estos objetivos, resaltamos el Objetivo 5, enfocado en integrar la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad y salud laboral. Para ello, se han definido 15 medidas distribuidas en cinco líneas de actuación específicas.

Fundamentos del objetivo 5

El Objetivo 5 parte de la siguiente premisa: la integración de la perspectiva de género es esencial para garantizar la igualdad efectiva en el ámbito de la seguridad y salud laboral. Existen diferencias relevantes en la exposición a riesgos, en la incidencia de accidentes y enfermedades profesionales, así como en el acceso a la prevención y la protección, según el sexo y el género de las personas trabajadoras. Por ello, el plan establece 15 medidas específicas orientadas a identificar, corregir y prevenir desigualdades y sesgos de género en la gestión preventiva.

Entre las principales líneas de actuación destaca el impulso de estudios y análisis que permitan identificar los riesgos diferenciados y las brechas de género existentes en los distintos sectores y actividades. Se prevé la elaboración de informes periódicos sobre siniestralidad laboral y enfermedades profesionales desglosados por sexo, así como el desarrollo de indicadores específicos que permitan un seguimiento sistemático de la evolución de estas desigualdades.

El Plan de Acción contempla la actualización y elaboración de guías, protocolos y materiales preventivos que incluyan la perspectiva de género. Esto implica revisar los documentos existentes para detectar posibles sesgos y adaptarlos, así como generar nuevos recursos formativos y de sensibilización dirigidos tanto a empleadores como a trabajadores y trabajadoras, con especial atención a los colectivos más vulnerables.

Otra medida relevante es la formación y capacitación de los agentes implicados en la prevención de riesgos laborales, incluyendo a los servicios de prevención, la Inspección de Trabajo y los delegados y delegadas de prevención. El objetivo es dotarles de herramientas y conocimientos para identificar y abordar los riesgos específicos que afectan a mujeres y hombres, así como para promover entornos laborales inclusivos y seguros.

Conclusiones

Se prevé la colaboración con otros organismos y entidades, tanto a nivel nacional como internacional, para intercambiar buenas prácticas y avanzar en el conocimiento sobre la integración de la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales. Asimismo, se fomentará la participación activa de las organizaciones sindicales y empresariales en todas las fases de desarrollo y ejecución de las medidas.

El seguimiento y la evaluación de las medidas adoptadas se realizarán mediante indicadores de proceso y resultado, que permitirán valorar el grado de avance y el impacto real de la integración de la perspectiva de género en la seguridad y salud en el trabajo. El plan establece la obligación de rendir cuentas periódicamente y ajustar las actuaciones en función de los resultados obtenidos.

En conclusión, todo lo anterior conlleva una integración transversal y efectiva de la perspectiva de género en todos los ámbitos laborales. Las medidas propuestas buscan no solo corregir desigualdades existentes, también prevenir la aparición de nuevas brechas, contribuyendo así a la mejora de las condiciones de trabajo y a la promoción de la igualdad real entre mujeres y hombres en el entorno laboral.

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