
El Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, ha presentado el informe titulado «La coordinación de parentalidad como nueva violencia institucional». Este documento tiene como objetivo evaluar cómo se está aplicando este método en el sistema judicial español, desde una perspectiva de género y en defensa de los derechos de la infancia. Llevado a cabo por la Asociación de Mujeres Juristas Themis, con la colaboración de la Asociación de Psicología y Psicoterapia Feminista; analiza hasta qué punto este mecanismo puede representar una forma de violencia institucional ejercida sobre menores y sus madres.
La coordinación de parentalidad es un recurso obligatorio de resolución de conflictos familiares que, en España, carece de respaldo legal salvo en la Comunidad Foral de Navarra. A pesar de ello, se está implementando incluso en casos donde hay indicios o antecedentes de violencia de género o violencia contra niños, niñas y adolescentes. Este modelo no cuenta con una formación oficial regulada, lo que genera falta de coherencia en su aplicación, indefensión para las personas afectadas y un clima de inseguridad jurídica. No obstante, el informe revela que su uso en los tribunales está aumentando, especialmente en la Comunidad Valenciana (45,99%) y Cataluña (23,98%), donde su presencia es más significativa.
Permite la custodia compartida incluso en casos violentos
El análisis también destaca que este mecanismo suele emplearse como herramienta para forzar la viabilidad de custodias compartidas impuestas, aun cuando no existe acuerdo entre los progenitores. Al revisar las 151 resoluciones judiciales, se encontró que los jueces asignaron la custodia a la madre en el 54,54% de los casos, al padre en el 9%, y de forma compartida en el 36%. Estos datos resultan especialmente relevantes si se considera que el artículo 92.7 del Código Civil prohíbe expresamente la custodia compartida en contextos de violencia.
Por otro lado, se detectaron antecedentes de violencia de género en el 15,26% de las sentencias, ya fuera con causas en curso o condenas firmes, y un 4,63% presentaba denuncias archivadas. En el apartado cualitativo del estudio, se recogen testimonios de 34 mujeres y 6 jóvenes. En 13 de los casos relatados, los magistrados cambiaron la custodia que inicialmente tenía la madre a un régimen compartido tras la intervención de la coordinación de parentalidad, a pesar de los antecedentes por violencia de género.
Además, en 6 situaciones se identificaron denuncias previas por abuso sexual infantil intrafamiliar que habían sido archivadas judicialmente, a pesar de la existencia de indicios relevantes como verbalizaciones de los menores o señales físicas. Por otra parte, 18 de las mujeres entrevistadas contaban con sentencias condenatorias por violencia de género contra sus exparejas, incluyendo órdenes de alejamiento y prohibiciones de comunicación.
El informe concluye que los métodos empleados en la coordinación de parentalidad se asemejan a los utilizados bajo el desacreditado concepto del Síndrome de Alienación Parental (SAP). Estas prácticas, señala el estudio, pueden poner en riesgo la integridad de madres y menores, especialmente cuando se aplican en contextos marcados por la violencia de género o violencia sexual.